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dc.contributor.authorKinkead, Ana Patricia
dc.date.accessioned2024-04-17T21:47:21Z
dc.date.available2024-04-17T21:47:21Z
dc.date.issued2024-04-17
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12728/11188
dc.description.abstractLa Universidad Autónoma de Chile, dispone de mecanismos que aseguran una adecuada gestión de los programas académicos de carreras de pregrado y postgrado, incluyendo los programas doctorales. Al respecto, la decisión de crear, ofrecer o impartir un programa doctoral, se basa en el cumplimiento de los criterios y procedimientos dispuestos en el Reglamento General de Doctorados (Res. de Rectoría 014/2022, anexo 1), y en el Sistema de Aseguramiento Interno de la Calidad (Res. de Rectoría 154/2018, anexo 2), de acuerdo a lo establecido por la CNA para programas de este nivel de formación y la Ley 21.091. Para la creación de un programa de doctorado se requiere la aprobación de la Junta Directiva, previa presentación del Consejo de Facultad y ratificación por parte del Consejo Universitario. Para ello, el Consejo de Facultad presenta a la Vicerrectoría de Investigación y Doctorados (VRID) un proyecto académico doctoral, para su evaluación y aprobación en primera instancia a fin de presentarlo al Consejo Universitario. Este procedimiento se presenta en el siguiente diagrama.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniverisdad Autónoma de Chilees_ES
dc.subjectdoctoradoses_ES
dc.subjectdefinición de programases_ES
dc.titleDeterminacióon de la oferta de programases_ES
dc.typeOtheres_ES


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